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Código Penal Artículo 163 bis Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Hidalgo
Artículo 163 bis.

Se considera también como privación ilegal de la libertad, cuando el ascendiente sin limitación de grado o pariente consanguíneo colateral hasta el cuarto grado de un menor de edad, lo sustraiga o cambie de domicilio donde habitualmente resida, lo retenga o impida que regrese al mismo sin autorización de quienes ejerzan la patria potestad, entendiéndose que se necesita la autorización de todos los que ejercen este derecho aunque no se tenga la custodia y no permita que el padre o la madre visiten o convivan con el menor, se aplicará una pena de uno a tres años de prisión y multa de 30 a 300 días. En este contexto, sólo podrán cambiar de domicilio o impedir que regrese al mismo de manera unilateral, cuando exista resolución de autoridad competente.



Estado de Hidalgo Artículo 163 bis Código Penal
Artículo 1 ...162 163 163 bis 164 165 ...363

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